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El Tribunal Supremo confirma la vulneración de los datos personales en el proceso de venta de vivienda pública en Madrid

EL Tribunal Supremo  ha confirmado el pasado día 8 de julio 2019 que la Comunidad de Madrid vulneró la Ley Orgánica de Protección de Datos en el proceso de trasmisión de arrendamiento de 32 promociones de viviendas, al divulgar los datos personales de los afectados.

En la publicación se mostró información personal y accesible para todos

En toma de decisión de la trasmisión de un total de 32 promociones de viviendas pertenecientes al IVIMA, publicado en el BOE en el año 2013, se publicó información personal que estaba disponible. En la publicación aparecía la dirección, nombres y apellidos de los inquilinos, hecho que la Agencia Española de Protección de Datos en su resolución, y posteriormentela Audiencia Nacional, consideró como innecesario, constituyendo una divulgación excesiva y no pertinente.

Es extremadamente importante establecer hoy, en todos los procesos y procedimientos que se desarrollan en las empresas públicas o privadas, la protección de la información y de la documentación, como pilar de seguridad ante el riesgo de la difusión de datos personales, utilizando herramientas integradoras y seguras como AceroDocs, aplicación sencilla de obligado uso en procesos de gestión de la información

Infracción de la Ley Orgánica de Protección de Datos por contar con sistemas poco actualizados

La sentencia de la Audiencia Nacional establece una vulneración del artículo 6.1 LO 15/1999, en cuanto a que cabía una divulgación más restringida a través de DATA Room, accesible solo a los licitadores.

El DATA Room describe una realidad que ha evolucionado con el tiempo. Antes de la era digital, se trataba de poner a disposición de posibles compradores un conjunto de informaciones relevantes sobre la empresa en venta. Hoy en la mayoría de los casos se hace de forma electrónica. Cuando actualmente existen sistemas de control como AceroDocs con funcionalidades muy fáciles de usar por los distintos actores y que protege la vulneración en acciones informativas en protección end to end de forma digital 

Según la doctrina consolidada del Tribunal Constitucional y Supremo, toda la información de carácter personal de los ciudadanos que la Administración Pública recoge y almacena, ha de ser estrictamente necesaria e imprescindible para el ejercicio de las potestades que le atribuya la ley y ha de ser, asimismo, adecuada para procurar alcanzar las legítimas finalidades previstas en las normas, de modo que las autoridades son responsables de garantizar que no se divulguen datos personales que no sean absolutamente necesarios para el ejercicio de funciones públicas. En este sentido, el Alto Tribunal estima que la actuación del Instituto de Vivienda de Madrid fue contrario a la LOPD, puesto que los datos personales difundidos en Internet eran innecesarios, pudiéndose haber restringido el acceso a los licitadores, cumpliendo así con lo establecido en el art. 49.3 de la Ley de Patrimonio de la Comunidad de Madrid

Por todo ello es preciso que las Administraciones recaben el consentimiento de las personas afectadas con carácter previo y que dichos datos sean convenientemente protegidos  

Es fundamental contar en los organismos públicos o privados, con sistemas de protección de la información como AceroDocs e impedir la difusión desde cualquier punto del proceso de gestión.

Las  organizaciones deben ser conscientes de la necesidad de utilizar sistemas de protección que aseguren los principios y garantías de la ley de Protección de Datos

Consulta los valores de Acerodocs y pregunta a nuestros asesores, estarán encantados de ayudarte para cualquier cuestión, tanto si tienes dudas o necesitas desarrollar algún proyecto empresarial.